Legítima Defensa / Reclame a tiempo los derechos del menor

AutorAlfonso Verde Cuenca

Lic. Verde Cuenca: En días pasados leí su artículo sobre "No más hijos legítimos, ilegítimos o naturales" y mi pregunta es la siguiente:

Tengo una hija de 48 años, ya casada, está registrada con el apellido de su papá y mío, nunca me casé con él y por un orgullo tonto nunca quise reclamarle nada, como gastos de manutención, ni escuela. Gracias a Dios yo pude darle todo lo que ella necesitó y terminó sus estudios de contador público en el Tecnológico de Monterrey.

Hasta hace como dos meses me enteré que el papá de mi hija había fallecido hace 12 años. Él tenía su familia con cuatro o cinco hijos y la fortuna que dicen dejó es muy grande, pero ya han pasado muchos años, ¿ya no se puede hacer nada?

Espero que me oriente para ver si todavía podría reclamar algo para mi hija. Sra. Leo.

R. Sra. Leo: Los adultos nos equivocamos en ocasiones en relación con los hijos, tanto en su representación como en el ejercicio de sus derechos, dejando pasar un tiempo importante para promover en su nombre, principalmente cuando son menores de edad.

Es fácil pensar, al leer su carta, que su preocupación se ha mantenido constante por toda una vida, pero es de felicitarla por todo el gran esfuerzo que para su hija ha hecho, no obstante que ha sido padre y madre para ella y además haber logrado, junto con ella y su familia, convertirla en una gran mujer.

En principio, para poder reclamar derechos sobre la herencia del padre de su hija es importante saber con toda precisión si el padre de su hija mayor la reconoció firmando al momento de su registro de nacimiento. Si fue así, su hija fue reconocida legalmente y tiene todos los derechos como hija del padre al que usted nunca quiso reclamarle nada, por orgullo tonto, según nos dice.

En el caso de hijos nacidos fuera de matrimonio, pero reconocidos por el padre, es decir, que el padre ha acudido ante el Oficial del Registro Civil y firmado el acta de nacimiento reconociendo su calidad como "padre", los hijos tienen exactamente los mismos derechos y obligaciones que los que han nacido de matrimonio, y por tanto sus derechos respecto de la herencia son exactamente iguales.

En el caso de su hija, si está legalmente reconocida por el padre, puede perfectamente reclamar la parte de la herencia que le pudiera corresponder, siempre y cuando el padre no haya dejado testamento, pues de...

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