LEGÍTIMA DEFENSA / Otorgue poder ...con mesura

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Licenciado Alfonso Verde Cuenca, ¿es correcto hacer un poder notarial entre notarías para liberar escrituras de una casa en el Estado de México?

    Atentamente, Julio

    R. Estimado Julio, el poder notarial es un documento público autorizado por un Notario, que permite a una persona física o moral designar a otra como su representante para que en su nombre actúe en ciertos actos jurídicos, por lo tanto, una Notaría no puede otorgar un poder notarial en favor de otra Notaría.

    Se puede otorgar un poder en favor de otra persona, para que en su nombre y representación libere las escrituras de la casa de su propiedad en otro estado, pues a pesar de que los notarios sólo pueden ejercer su función en el territorio del estado que les corresponde, pueden dar fe de actos cuyo objeto sean bienes ubicados en otro estado.

    Es recomendable que el poder que otorgue sea el adecuado para realizar el fin que usted pretende; en su caso, un poder general para pleitos y cobranzas es suficiente para liberar las escrituras de la casa.

    Evite otorgar poder general para actos de dominio, pues el riesgo es alto, aún con gente de confianza, pues éstos facultan al apoderado para hipotecar, donar, comprar o vender bienes en nombre del que otorga el poder.

    Julio, los poderes son revocables, puede otorgarlos, pero es importante que, en cuanto se cumpla el propósito para el cual fue firmado, o cuando considere que existe negligencia para cumplir su propósito, revocarlo.

  2. - Licenciado Alfonso Verde Cuenca, mi esposo demandó al IMSS ante la Junta de Conciliación y Arbitraje porque no le querían reconocer sus semanas cotizadas. Finalmente ya se las reconocieron y la Junta de Conciliación notifica al IMSS que tiene que pagar lo que quedó pendiente.

    Él cotizó 40 años y en los últimos 10 años su salario fue de 900 pesos, pero en la resolución, la Junta notifica al IMSS que tiene que pagar el retroactivo y el aumento que ya se ganó, y aquí es donde entra la duda porque también le notifican al IMSS que le resten 200 de los 900 pesos que tiene registrado como su salario.

    ¿La Junta tiene facultad para determinar bajar el salario y...

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