La legítima defensa. Especial referencia al Código Penal del Estado de Guanajuato

AutorVíctor Sáchez Salgado
CargoLicenciado en Derecho por la Universidad Conjunto Educativo Universitario de la ciudad de León, Gto. (ahora Universidad de León)
Páginas39-74
39
LA LEGÍTIMA DEFENSA. ESPECIAL
REFERENCIA AL CÓDIGO PENAL DEL ESTADO
DE GUANAJUATO
Lawful Self-defense. Special Reference To The Penal
Code Of The State Of Guanajuato
Víctor SÁNCHEZ SALGADO
Sumario:
Introducción I. La legítima defensa como una norma permisiva II. Elementos de
la legítima defensa A) El primer elemento “se obre en defensa de bienes j urídicos”
B) El segundo elemento, “propios o ajena” C) El tercer elemento, contra agresiones
ilegítimas D) El cuarto elemento, es que siempre exista necesidad razonable de la
defensa empleada para rep elerla o impedirla E) Quinto elemento, la falta de
provocación de la legítima defensa F) Problemática con la riña G) Elemento
subjetivo de la legítima defensa III. Conc lusiones IV. Bibliografía
Resumen: Se explica y analiza cada uno de los elementos de la legítima defensa
de acuerdo a la normativa del estado de Guanajuato, señalando sus límites y
alcances. En el marco de la moderna dogmática jurídico penal, se considera a la
legítima defensa como una herramienta básica para el establecimiento del
ordenamiento social mismo, buscando, al mismo tiempo, evitar la arbitrariedad en
el juzgador y la determinación del debido derecho.
Palabras clave: Legítima defensa; Guanajuato; elementos de la legítima defensa;
agresión ilegítima; necesidad razonable de la defensa; riña
Abstract: Each one of the elements of lawful self-defense is explained and
analyzed according to the regulations of the state of Guanajuato. There are many
cases in which the first instance judge ignores the limits and requirements of lawful
self-defense and classifies it as a quarrel. However, within the framework of m odern
criminal legal dogmatics, lawful defense is considered as a basic tool for the
establishment of the social order itself, seeking, at the same time, to avoid
arbitrariness in the judge and the determination of the due right of the defendant.
Víctor Sánc hez Salgado. Lice nciado en Derec ho por la Universidad Conjunto Educativo
Universitario de la ciuda d de León, Gto. (ahor a Universidad de León). Ha estud iado la
Maestría en Derecho Constitucional y Amparo. Ex profesor de la Universidad de la Salle
Bajío, campus Campestre, en la materia de Derechos Humanos. Presidente de la Firma legal
Vs & Sanroc, donde realiza la actividad de abogado en materia civil, amparo y consejero en
materia penal. Contacto: vsjuris_1@hotmail.com
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Ciencia Jurídica
Universidad de Guanajuato
División de Derecho, Política y Gobierno
Departamento de Derecho
Año 11, núm. 22
pp. 39-74
40
Keywords: Guanajuato; Lawful Self-Defense; Elements Of Lawful Self-
Defense; Illegitimate Aggression; Reasonable Necessity Of The Defense; Quarrel
Abreviaturas: ADPCP: Anuario de Derecho penal y Ciencias Penales
(España); CCA: Cuadernos de conferencias y artículos; CPC:
Cuadernos de Política Criminal (España); CPF: Código Penal Federal;
Cp. de Gto. Código penal del Estado de Guanajuato; PJ: Revista del
Poder Judicial (España); RDPCICPC: Revista de Derecho Penal y
Criminología del Instituto de Ciencias Penales y Criminológicas
(Colombia); RP: Revista penal (España); SCJN: Suprema Corte de
Justicia de la Nación (México); STC: Sentencia del Tribunal
Constitucional (España); STS: Sentencia del Tribunal Supremo
(España); TCC: Tribunal Colegiado de Circuito (México).
Introducción
En la presente contribución, trataremos de explicar y analizar cada uno de los
elementos de la legítima defensa de acuerdo a la normativa del estado de
Guanajuato. Derivado de la praxis jurídica, el juzgador y abogado litigante
deben conocer los alcances y límites de dicha eximente pues, en muchas
ocasiones, el juzgador lo califica como riña o como un exceso de legítima
defensa o, bien que mal, imputan al acusado por un delito consumado cuando
en realidad obró en legítima defensa, ejerciendo incluso, mediante juicios
subjetivos.
Este análisis de los elementos de la legítima defensa se da a través de la
óptica de la moderna dogmática jurídico penal, que considera la legítima
defensa como una herramienta básica de establecimiento del ordenamiento
social mismo, es decir, confirma la vigencia de la norma y da una
comunicación contra fáctica de que existe un derecho primigenio anterior a
la agresión ilegítima del tercero y, por lo tanto, reafirma las expectativas
sociales. Este estudio de la legítima defensa a luz de la dogmática jurídico
penal tiene la intencionalidad de que el juzgador no sea arbitrario al momento
de conocer un asunto de esta categoría. La dogmática permite determinar el
debido derecho, dado el caso, que establece los alcances y límites de la
legítima defesa; asimismo, contribuye a que las sentencias no sean obra de
azar1.
I. La legítima defensa como una norma permisiva
Cualquier estudio de un hecho punible requiere analizar las categorías de la
teoría del delito, conducta, tipicidad, antijuricidad, culpabilidad, punibilidad y, en este
1 GIMBERNAT ORDEIG, Enrique, Estudios de Derecho penal, 3ª ed., Madrid, Editorial Tecnos,
1990, p. 158; ¿Tiene futuro la dogmático jurídico penal?, Perú, Editorial Ara, 2009, pp. 40 y 41;
¿Tiene futuro la dogmático jurídico penal?, p. 9,
https://www.unifr.ch/ddp1/derechopenal/articulos/a_20080521_84.pdf
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supuesto, las causas de justificación, fundamentos legales de exclusión de la
antijuricidad de conducta típica2 derivados del hecho de que el ordenamiento
no solo está constituido por prohibiciones sino también por autorizaciones
que, bajo determinados presupuestos y circunstancias, levantan las
prohibiciones y proveen autorizaciones en normas permisivas, las cuales
conforman un elemento negativo del delito excluyente de la antijuricidad3.
Las causas de justificación desarrollan los mismos efectos4 y permiten la
conducta típica, verbigracia la legítima defensa privada. En la medida en que
un comportamiento típico no alcanza el carácter de antijurídico, pueden
distinguirse las acciones “permitidas” de las que “simplemente no están
prohibidas” 5. Estas causas también permiten intromisiones sobre las
interacciones sociales que son perturbadas por alguna lesión o puesta en
peligro de un bien jurídico tutelado6. En la moderna teoría del delito tratan
sobre la intromisión de los deberes positivos y negativos, a cuyos titulares
refiere la proposición permisiva como los bienes del agresor7, o, mejor dicho,
como la esfera jurídica de la interacción social del agresor, por lo que se debe
dejar intacta la esfera jurídica del otro8. El concepto de libertad en el que se
basa esa concepción es de naturaleza exclusivamente negativa: es potencial de
2 STRUENSEE, Eberhard, “Restricciones y límites de la legítima defensa”, trad. Juan Luis
FUENTES OSORI O, CPC, núm. 92, 2007, p. 128.
3 JESCHECK, Hans-Heinrich / WE IGEND, Thomas, Tratado de Derecho penal. Parte general, trad.
Miguel OLMEDO CARDENETE, Granada, Editorial Comares, 2002, pp . 346-347; SANZ
MORÁN, Ángel J osé, Los elementos subjetivos de justificación, Barcelona, Editorial José María
Bosch, 1993, pp. 4, 6, 43-45; SANZ MORÁN, Ángel José, “Teoría general de la justificación”,
RP, núm. 5, 2000, pp. 74 y ss.; POLAINO NAVARRETE, Miguel, Lecciones d e Derecho penal. Parte
general, Madrid, Editorial Tecnos, 2015, p. 145, tomo II; Lecc iones de Derecho penal. Parte general,
2ª ed., Madrid, Editorial Tecnos, 2016, p. 169, tomo II; SILVA SÁNCHEZ, Jesús-María,
“Prólogo”, en Michael PAWLIK / Urs KINDHÄUSER, / Javier WILENMANN / Juan Pablo
MAÑALICH R. (Coord.), La antijuridicidad en el Derecho penal. Estudios sobre las normas permisivas y
la legítima defensa, Montevideo-B uenos Aires, Editorial B de F, 2013, p. XV.
4 JESCHECK, Hans-Heinrich / WEIGEND, Thom as, op. cit., p. 357.
5 Ver WILENMANN, Javier, “Injusto, justificación e imputación. La teoría de la antijuridicidad
en la dogmática penal”, en Michael PAWLIK / Urs KINDHÄUSER, / Javier WILENMANN /
Juan Pablo MAÑALICH R. (Coord.), La antijuridicidad en el Derecho penal. Estudios sobre las normas
permisivas y la legítima defensa, Monte video-Buenos Aires, Editorial B de F, 2013, pp. 131, 132,
161 y 163; MAÑALICH R., Juan Pablo (Coord.), “Normas permisivas y deberes de tolerancia”,
en Michael PAWLIK / Urs KINDHÄUSER, / Javie r WILENMANN / Juan Pablo MAÑALICH R.
(Coord.), La antijuridicidad en el Derecho penal. Estudios sobre las normas permisivas y la legítima
defensa, Montevideo-Buenos Aires, Editorial B de F, 2013, pp. 179 y ss.
6 JESCHECK, Hans-Heinrich / WEIGEND, Thom as, op. cit., p. 357.
7 Ver “La legítima defensa según Kant y Hegel”, en Michael PAWLIK / Urs KINDHÄUSER, /
Javier WILENMANN / Juan Pablo MAÑALICH R. (Coord .), La antijuridicidad en el Derecho penal.
Estudios sobre las normas permisivas y la legítima defensa, Montevideo-Buenos Aires, Editorial B de
F, 2013, pp. 9, 10, 24, 25, 26, 28, 54 y 55.
8 “Las competencias del ciudadano”, trad. Ivó COCA VILA, en Jesús-María SILVA SÁNCHEZ
/ Ricardo ROBLES PLANAS / Nu ria PASTOR MUÑOZ (Directores), Ciudadano y Derecho penal.
Fundamentos de la teoría de la pena y delito en un estudio de libertades, Barcelona, Editorial Atelier,
2016, p. 104.
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