LEGÍTIMA DEFENSA / Cuide su pensión alimenticia

AutorAlfonso Verde Cuenca
  1. - Lic. Verde Cuenca: Tramité un Juicio Oral de Alimentos, hace un año aproximadamente, para mis dos menores hijos de 10 y 7 años, otorgándome el 15 por ciento de cada uno y el 10 por ciento para mí, dando un total del 40 por ciento.

    He estado recibiendo mensualmente dicho porcentaje de todas y cada una de las entradas de dinero del señor, a excepción del Fondo de Ahorro, ahí es donde tengo la duda, ya que el señor ahorró aproximadamente 8 mil pesos en el año completo y de ahí me dieron el 40 por ciento, pero la empresa donde labora desde hace 12 años siempre ha tenido como prestación dobletear el fondo de ahorro, es decir 16 mil pesos al año y de esos otros 8 mil pesos no me otorgan el 40 por ciento y cuando a los de Recursos Humanos les pregunto, me dicen que me dan sólo lo de ley, y éste sería ya el segundo año que lo hacen.

    ¿Quién está en lo correcto?, ya que en la demanda de la pensión dice muy claro que se me otorgue el 40 por ciento de todas las prestaciones, emolumentos, premios, aguinaldo, vacaciones, cualquier pago en efectivo, etcétera.

    Si están cometiendo un error, ¿cómo le hago?, ¿se requiere otro trámite?

    Luz Elena

    R.- Luz Elena, la felicito porque quien tiene la obligación de darles los alimentos, el padre de sus hijos, es una persona cautiva al tener un empleo y un ingreso fijo y eso le brinda a usted la oportunidad de que sin ninguna dificultad le descuentan la pensión y usted la cobre en su fecha, sin contratiempo alguno, para satisfacer sus necesidades alimenticias y las de sus hijos.

    Lamentablemente existe una gran problemática para que las mujeres, con la responsabilidad de los hijos, puedan recibir la pensión alimenticia que por ley les corresponde, pues hay muchos padres que en su afán de complicar la vida a sus ex mujeres llegan al extremo de dejar de trabajar, con el único propósito de que no les descuenten la pensión y no estar cautivos al pago de la misma, empezando la gran dificultad para hacerla efectiva y, sobre todo, para la sobrevivencia de la familia.

    Qué bueno que no es su caso, hay que valorarlo.

    Luz Elena, usted recibe por pensión alimenticia el 40 por ciento del dinero del padre de sus menores hijos y esposo o ex esposo; con esto, la ley le está dando la razón, en cuanto a que el obligado a dar alimentos deberá otorgarlos de manera proporcional a sus ingresos y atendiendo las necesidades de sus hijos.

    Sin embargo, cuando la autoridad fija como pensión un porcentaje, y que éste debe ser aplicado a todos...

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