Acuerdo por el que esta LIV Legislatura exhorta a sus integrantes a proporcionar apoyo económico en beneficio de los damnificados de los estados de Chiapas y Veracruz.

TOMO CXXXIX Santiago de Querétaro, Qro., 10 de febrero de 2006 No. 8
PODER LEGISLATIVO
LA QUINCUAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS
ARTÍCULOS 40 Y 41 FRACCION XXXIV DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEAGA, A
TRAVES DE SU PRESIDENTE QUIEN EJERCE LA
REPRESENTACIÓN LEGAL, Y
CONSIDERANDO
Que vista la resolución dictada por la Supre-
ma Corte de Justicia de la Nación el día siete de
julio del año dos mil cinco y publicada el veinticinco
de noviembre del mismo año en el Diario Oficial de
la Federación, en los autos de la Controversia
Constitucional número 25/2001, promovida por los
Ayuntamientos de los Municipios de Querétaro,
Corregidora y El Marqués, todos del Estado de
Querétaro, demandando la invalidez de diversos
artículos de la Ley Orgánica Municipal del Estado
de Querétaro, publicada el veinticinco de mayo del
año dos mil uno en el Periódico Oficial de Gobierno
del Estado “La Sombra de Arteaga” y toda vez que
en su resolutivo cuarto y quinto se declara la inva-
lidez relativa de los artículos 27, 30 fracciones IV y
V, 31 fracciones I, III, IV, V, VI, VIII, X, XI, XIII, XV,
XVII, XIX, XX, XXI, XXII; 32, 36, 37, 38, 39, 40, 44,
45 primer párrafo, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54,
55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 71, 80, 111, 150,
152, 159 y 178 de dicho ordenamiento y la invalidez
de los artículos 82, 100, 101 y 112, fracciones V y
VI de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Que-
rétaro, esta Presidencia con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 25 fracciones I y VII, y 27
fracción XXII en relación con los artículos 66 frac-
ción I de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del
Estado de Querétaro, 1, 5, 21, 22 y 23 de la Ley
Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda,
emite el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE DA CUMPLIMIENTO
A LA RESOLUCIÓN DICTADA POR LA SUPRE-
MA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y PU-
BLICADA EL VENTICINCO DE NOVIEMBRE DEL
2005 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERA-
CIÓN DENTRO DE LOS AUTOS DE LA CON-
TROVERSIA CONSTITUCIONAL 25/2001.
Primero.- Se instruye a la Comisión de
Hacienda de esta Quincuagésima Cuarta Legislatu-
ra del Estado de Querétaro y a la Contaduría Mayor
de Hacienda, para que a partir de esta fecha dejen
de conocer de los asuntos que se encuentren en
proceso de aprobación, respecto de los municipios
de Querétaro, Corregidora y El Marqués, sobre:
solicitudes para cambio de destino o desafectación
de bienes de uso común o de servicio público, ena-
jenación de bienes de dominio público de los muni-
cipios, enajenación de bienes inmuebles del domi-
nio privado del municipio cuya transmisión implique
la construcción de obras de beneficio colectivo o se
incremente el patrimonio municipal.
Segundo.- Se instruye a la Comisión de
Hacienda y a la Contaduría Mayor de Hacienda
para que a partir de esta fecha en el proceso de
fiscalización a los Municipios de Querétaro, Corre-
gidora y El Marqués, no consideren la obligación de
éstos de dar cumplimiento de los diversos numera-
les declarados con invalidez e invalidez relativa, por
la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para no
realizar observación, requerimiento o inicio de pro-
cedimiento legal administrativo o imposición de
sanción alguna, o denuncia de procedimiento penal,
incluso de las observaciones de periodos ya revisa-
dos y estén en curso de solventación o de aquellos
que la Legislatura a partir de esta fecha no hubiera
emitido acuerdo al respecto, en lo relativo a dichos
artículos, únicamente en relación a los Municipios
de Querétaro, Corregidora y El Marqués.
Tercero.- De igual forma, devuelvanse a los
Ayuntamientos de Corregidora, El Marqués y Que-
rétaro que correspondan, las iniciativas originales
con su anexos de los asuntos registrados bajo los
expedientes números I/487/LIV, I/521/LIV,
I/536/LIV, I/604/LIV, I/605/LIV, I/614/LIV, I/624/LIV,
I/637/LIV, I/657/LIV, I/668/LIV, I/412/LIV y 737/LIV
debiendo quedar en su lugar, copia certificada de
ellas, por lo que estos asuntos se tienen concluidos
ordenándose su baja del libro de leyes decretos y
acuerdos y su archivo definitivo.
Cuarto.- Emítase el acuerdo correspondien-
te, publíquese en el Periódico Oficial de Gobierno
del Estado y comuníquese a los Ayuntamientos de
Corregidora, Querétaro y El Marqués.
T R A N S I T O R I O
ÚNICO. Este acuerdo entrará en vigor a par-
tir de su expedición, por el Pleno de la LIV Legisla-
tura.

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