Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral, sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los documentos básicos de la agrupación política nacional denominada Horizontes

Fecha de disposición22 Abril 2009
Fecha de publicación22 Abril 2009
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG117/2009. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES A LOS DOCUMENTOS BASICOS DE LA AGRUPACION POLITICA NACIONAL DENOMINADA "HORIZONTES".

Antecedentes

  1. El día treinta de enero de dos mil ocho, ante la Dirección de Partidos Políticos y Financiamiento de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, la asociación denominada "HORIZONTES", bajo protesta de decir verdad, presentó su solicitud y documentación para acreditar el cumplimiento de requisitos para obtener su registro como Agrupación Política Nacional.

  2. El día veintinueve de abril de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral resolvió negar el registro a la asociación denominada "HORIZONTES".

  3. En contra de la mencionada resolución, el día veintisiete de mayo de dos mil ocho, la asociación denominada "HORIZONTES", por conducto del Lic. Héctor García González, Secretario de Asuntos Jurídicos de dicha agrupación, interpuso Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano.

  4. El día dieciocho de junio de dos mil ocho, la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el expediente identificado con el número SUP-JDC-404/2008, resolvió revocar la resolución CG/59/2008 de veintinueve de abril de dos mil ocho, mediante la cual el Consejo General de este Instituto negó el registro como Agrupación Política Nacional a "HORIZONTES".

  5. En sesión extraordinaria de fecha diez de julio de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral otorgó a la asociación denominada "HORIZONTES", su registro como Agrupación Política Nacional bajo la denominación "HORIZONTES" en los términos siguientes:

    "Resolución

    PRIMERO. Procede el otorgamiento del registro como agrupación política nacional, a la asociación denominada "Horizontes", bajo la denominación "Horizontes" en los términos de los considerandos de esta Resolución, toda vez que cumple con lo dispuesto por el artículo 35, párrafo 1, incisos a) y b) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    SEGUNDO. Comuníquese a la agrupación política nacional "Horizontes", que deberá realizar las reformas a su Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos a fin de cumplir cabalmente con los extremos establecidos por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en los artículos 25, 26 y 27, así como por el numeral 9 de "EL INSTRUCTIVO" en términos de lo señalado en el considerando 14 de la presente resolución, a más tardar el treinta de septiembre de dos mil ocho. Las modificaciones deberán hacerse del conocimiento de este Consejo General en el término establecido por el artículo 38, párrafo 1, inciso l), del Código invocado, para que, previa resolución de procedencia sean agregados al expediente respectivo.

    TERCERO. Se apercibe a la agrupación política nacional denominada "Horizontes", que en caso de no cumplir en sus términos con lo señalado en el punto resolutivo Segundo de la presente resolución, el Consejo General de este Instituto, procederá a resolver sobre la pérdida del registro como agrupación política nacional, previa audiencia en la que la interesada será oída en su defensa en términos de lo preceptuado por el artículo 35, párrafo 9, incisos e) y f), en relación con el artículo 102, párrafo 2, ambos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

    CUARTO. La agrupación política nacional denominada "Horizontes" deberá notificar a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la integración definitiva de sus órganos directivos nacionales y estatales electos conforme a las normas estatutarias que la regulan; su domicilio social; número telefónico y emblema impreso a color y en medio magnético a más tardar el treinta de septiembre de dos mil ocho.

    QUINTO. Notifíquese en sus términos la presente resolución, a la agrupación política nacional denominada "Horizontes".

    SEXTO. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial de la Federación."

  6. El día veintiuno de septiembre de dos mil ocho, la Agrupación Política Nacional "HORIZONTES" celebró su primera Asamblea Nacional Extraordinaria en la que fueron aprobadas las modificaciones a sus Documentos Básicos, en cumplimiento a la Resolución emitida por el Consejo General de este Instituto, el diez de julio de dos mil ocho.

  7. Mediante escrito recibido en la Presidencia del Consejo General de este Instituto, el treinta de septiembre de dos mil ocho, la agrupación referida, a través del Lic. Héctor García González, Secretario de Asuntos Jurídicos, entregó documentación que contiene las modificaciones a los Documentos Básicos de la agrupación, llevadas a cabo mediante la primera Asamblea Nacional Extraordinaria.

  8. Asimismo, mediante oficio DEPPP/DPPF/5392/2008 de fecha treinta de octubre de dos mil ocho, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos solicitó a la agrupación en cuestión, diversa documentación complementaria.

  9. Por medio de escrito recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, el seis de noviembre de dos mil ocho, la agrupación referida, a través del Secretario de Asuntos Jurídicos de la agrupación en cuestión, el Lic. Héctor García González, solicitó una prórroga para la remisión de la documentación solicitada.

  10. A través del oficio DEPPP/DPPF/5708/2008, de fecha trece de noviembre de dos mil ocho, esta autoridad respondió dicha solicitud, concediendo a la agrupación un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del oficio, para remitir lo solicitado.

  11. Mediante escrito de fecha veinticinco de noviembre de dos mil ocho, el Lic. Héctor García González, Secretario de Asuntos Jurídicos de la Agrupación Política Nacional "HORIZONTES", remitió a esta Dirección la documentación requerida.

  12. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos integró el expediente con la documentación presentada por la Agrupación Política Nacional en cuestión, los oficios y notificaciones referidas para realizar el análisis del cumplimiento a lo determinado en la Resolución emitida por este órgano colegiado con fecha diez de julio de dos mil ocho.

  13. En tercera sesión extraordinaria privada del veinticuatro de marzo del presente año, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Federal Electoral, conoció el Proyecto de Resolución sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Documentos Básicos de la Agrupación Política Nacional denominada "HORIZONTES".

    Al tenor de los antecedentes que preceden; y

    Considerando

    1. Que de acuerdo con el artículo 41, párrafo segundo, base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo cuya función estatal es la organización de las elecciones federales.

    2. Que de acuerdo con el artículo 41, párrafo segundo, base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 104, párrafo 1 y 105, párrafo 2, ambos del Código de la materia, el Instituto Federal Electoral, en el ejercicio de su función, tiene como principios

      rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

    3. Que el artículo 118, párrafo 1, inciso h), del Código electoral determina como atribución del Consejo General: "[...] Vigilar que las actividades de los partidos políticos nacionales y las agrupaciones políticas se desarrollen con apego a este Código y cumplan con las obligaciones a que están sujetos [...]".

    4. Que el resolutivo SEGUNDO de la "Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la solicitud de registro como Agrupación Política Nacional de la asociación denominada "HORIZONTES", aprobada en sesión extraordinaria de fecha diez de julio de dos mil ocho estableció que la agrupación debería realizar reformas a sus Documentos Básicos, a fin de cumplir cabalmente con los extremos establecidos por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en sus artículos 25, 26 y 27, así como con el numeral 9 de "EL INSTRUCTIVO", en términos de lo señalado en el considerando 17 de la mencionada Resolución, a más tardar el treinta de septiembre de dos mil ocho y que dichas modificaciones deberían hacerse del conocimiento del Consejo General en el término establecido por el artículo 38, párrafo 1, inciso l) del invocado Código, para que previa resolución de procedencia constitucional y legal fueran agregados al expediente respectivo.

    5. Que el día veintiuno de septiembre de dos mil ocho, la Agrupación Política Nacional "HORIZONTES" celebró su primera Asamblea Nacional Extraordinaria, en la cual fueron aprobadas modificaciones a su Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos, en cumplimiento a las observaciones realizadas por este Consejo General en su Resolución de fecha diez de julio de dos mil ocho.

    6. Que el comunicado respectivo fue recibido en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, con fecha treinta de septiembre de dos mil ocho, con lo que se cumple con el requisito señalado en el considerando 4 de la presente resolución.

    7. Que con fecha treinta de septiembre de dos mil ocho, la agrupación "HORIZONTES" remitió la documentación que, de conformidad con las normas estatutarias que regulan su vida interna, da fe del cumplimiento de los requisitos necesarios para la instalación de la Asamblea Nacional Extraordinaria que realizó las modificaciones que se analizan. Dichos documentos son los siguientes:

      1. Convocatoria a la Primera Sesión del Consejo Político Nacional de "HORIZONTES";

      2. Lista de asistencia a la Primera Sesión del Consejo Político...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR