Acuerdo por el que se da a conocer la suspensión de labores para la prestación de los servicios de atención al público, en la Dirección General de Mejora Regulatoria de la Secretaría de Turismo

Fecha de disposición18 Diciembre 2008
Fecha de publicación18 Diciembre 2008
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo. ALEJANDRO MORENO MEDINA, Subsecretario de Operación Turística, en suplencia de la ausencia del C. Secretario de Turismo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 14 párrafo primero y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. y 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5, fracción XXIV; 6, fracción VI y 26 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, y

CONSIDERANDO

Que el segundo párrafo del artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, dispone que en los plazos fijados en días no se considerarán los inhábiles, entendiéndose como tales los que se indican en el propio precepto legal, así como los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquéllos en que se suspendan las labores, mismos que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia respectiva, que será publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Que de conformidad con la normatividad aplicable a los prestadores de servicios turísticos, éstos deben atender los requerimientos derivados de los procedimientos administrativos de infracción, dentro de los términos que para tales efectos se establecen en la legislación de la materia, los cuales no corren en días inhábiles.

Que la Dirección General de Mejora Regulatoria además tiene a su cargo las áreas de acreditación de guías de turistas y Registro Nacional de Turismo, en las que se reciben diversos trámites de los particulares y que cuentan con plazos preestablecidos para su atención.

Que en el periodo vacacional decembrino la mayoría de los particulares, así como las autoridades contenciosas administrativas, tribunales del Poder Judicial de la Federación, dependencias, organismos estatales y municipales de turismo con los que la Secretaría de Turismo tiene contacto, a través de la Dirección General de Mejora Regulatoria, suspenden sus labores.

Que de conformidad con lo dispuesto por el referido artículo 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los titulares de las dependencias y organismos descentralizados emitirán un acuerdo que deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, a través del cual hagan del conocimiento público los días en que se suspenderán las labores.

Que en este sentido, resulta conveniente dar a conocer al público en general la suspensión de labores...

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