Juzgado permite a matrimonio registrar a hijas con apellido materno

MÉXICO, D.F., marzo 4 (EL UNIVERSAL).- El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal concedió la protección de la justicia federal a unos padres de familia para que registren a sus hijas con el apellido materno en primer lugar, seguido del paterno.

Al resolver el amparo 1815/2014, la juzgadora federal declaró inconstitucional e inconvencional -que contraviene convenciones y tratados internacionales en materia de Derechos Humanos- el artículo 58 del Código Civil para el Distrito Federal porque indebidamente establece una prelación del varón sobre la mujer.

Según explica el Consejo de la Judicatura Federal en un boletín, tal inconstitucionalidad se da porque prescribe la forma en la que deben formularse los nombres de los menores de edad nacidos de un matrimonio heterosexual, lo que implica un trato desigual hacia las mujeres y fortalece la estigmatización de roles sociales en los que la progenitora tiene una valor familiar y social menor que el padre.

El artículo 58 del Código Civil del Distrito Federal mencionado establece en su parte impugnada lo siguiente: "El acta de nacimiento contendrá el día, la hora y el lugar del nacimiento, el sexo del presentado, el nombre o nombre propios y los apellidos paterno y materno que le correspondan (...)".

Por ello, la jueza federal ordenó a las autoridades...

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