Acuerdo que crea el Juzgado Cívico Municipal, Municipio de Huimilpan, Qro.

Pág. 1952 PERIÓDICO OFICIAL 6 de marzo de 2009
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO HUIMILPAN, QRO.
2006-2009
Acuerdo que crea el
Juzgado Cívico Municipal
Municipio de Huimilpan, Qro.
EL ING. SAMUEL GÓMEZ GONZÁLEZ, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE
HUIMILPAN, QRO., EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 47, FRACCIÓN IV DE
LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO
DE QUERÉTARO,
C E R T I F I C A
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 19 de Febrero de dos mil nueve, el Ayuntamiento
de Huimilpan, Qro., aprobó el Acuerdo que crea el Juzgado Cívico Municipal, el cual se señala textualmente:
EL C. JOSE LUCIO FAJARDO ORTA, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE HUIMILPAN,
QRO., HACE SABER A SUS HABITANTES QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS
ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y 30,
FRACCIÓN I, 146 Y 147 DE LA LEY PARA LA ORGANIZACIÓN POLÍTICA Y ADMINISTRATIVA DEL
MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE QUERÉTARO, Y
C O N S I D E R A N D O
Que las sanciones administrativas son una clase de acto administrativo consistente en la privación de
derechos, cuya génesis es la inobservancia o contravención a las normas jurídicas en la materia.
Que dichas sanciones se definen como cualquier mal infringido por la Administración a un administrado,
como consecuencia de una conducta ilegal, a resultas de un procedimiento administrativo, y con una finalidad
puramente represora.
Que existen diversos elementos que determinan las características de la sanción administrativa:
a. Proceden de una autoridad administrativa;
b. Producen un efecto aflictivo;
c. Prosiguen a la realización de un ilícito;
d. Cumplen una finalidad represora; y
e. Su imposición exige la observancia de un procedimiento administrativo.
Que a través del Derecho penal, el Estado pretende el amparo de aquellos bienes jurídicos
fundamentales para la convivencia social, mediante la amenaza y el castigo de las conductas que los lesionan.
Frente al Derecho penal, sin embargo, existe también otra herramienta sancionadora a disposición del Estado
que, con el modesto propósito de procurar el correcto funcionamiento de la gestión administrativa, asegura el
respeto a las normas jurídicas administrativas con la imposición de sanciones de orden administrativo,
típicamente multas.
Que la doctrina tradicional considera que los principios que configuran y limitan la potestad sancionadora
de la Administración son los mismos que la Constitución ha previsto para el ejercicio de la potestad penal del
Estado, por cuanto participarían de una misma naturaleza.

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