Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 241-50-00 hectáreas de temporal y agostadero de uso común, de terrenos del ejido Juventino Rosas, Municipio de Santa Cruz de Juventino Rosas, Gto. (Reg.- 446

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 241-50-00 hectáreas de temporal y agostadero de uso común, de terrenos del ejido Juventino Rosas, Municipio de Santa Cruz de Juventino Rosas, Gto. (Reg.- 446)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción V, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 61, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que desde hace 50 años aproximadamente un grupo de campesinos provenientes del poblado SAN JOSÉ DE LAS PILAS , ubicado en el Municipio de Santa Cruz de Juventino Rosas, Estado de Guanajuato, ha venido ocupando y explotando en actividades agropecuarias, de manera continua y sin autorización, una superficie de terrenos que fueron concedidos a otro grupo de campesinos por sentencia agraria de segunda ampliación de ejido al núcleo ejidal JUVENTINO ROSAS del mismo Municipio y Estado, por lo que se ha generado un conflicto entre el grupo en posesión y el ejido mencionado. Que la Asamblea de Ejidatarios del núcleo ejidal JUVENTINO ROSAS , mediante acta de fecha 20 de febrero del 2000, ratificada por acta del 1o. de junio del 2003, manifestó su anuencia para que se regularice la superficie mencionada en favor de los campesinos del poblado SAN JOSÉ DE LAS PILAS .

RESULTANDO SEGUNDO.- Que por oficio sin número de fecha 11 de septiembre del 2003, el Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural y el Oficial Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria solicitaron, al titular de la propia dependencia, la expropiación de una superficie de 241-50-00 Has. de terrenos del ejido denominado JUVENTINO ROSAS , Municipio de Santa Cruz de Juventino Rosas del Estado de Guanajuato, para destinarlos a su regularización mediante la transmisión gratuita a campesinos del poblado SAN JOSÉ DE LAS PILAS , Municipio de Santa Cruz de Juventino Rosas, Estado de Guanajuato, mismo que tiene tales terrenos en posesión, para que continúen dedicándolos a actividades agrícolas y pecuarias. La solicitud de expropiación se funda en lo establecido en los artículos 93, fracción V y 94 de la Ley Agraria, comprometiéndose la propia Secretaría al pago de la indemnización correspondiente, registrándose el expediente con el número 12990. Iniciado el procedimiento relativo y de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 241-50-00 Has. de uso común, de las que 99-63-37 Has. son de temporal y 141-86-63 Has. de agostadero, las cuales se encuentran en posesión de los campesinos provenientes del poblado SAN JOSÉ DE LAS PILAS .

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por...

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