Jurisprudencias y tesis recientes
Páginas | 68-69 |
JurisprudenciasyTesisRecientes
68
Tips Fiscales
JURISPRUDENCIASYTESISRECIENTES
FISCALESYADMINISTRATIVAS
ESTÍMULOSFISCALES.ELDECRETOPORELQUESEOTOR-
GANA LASENTIDADES FEDERATIVASYMUNICIPIOS,PU-
BLICADOENEL DIARIOOFICIALDE LAFEDERACIÓNEL5
DEMARZO DE2003,Y REFORMADOPOR LOSDIVERSOS
DECRETOSPUBLICADOSENELCITADOMEDIODEDIFUSIÓN
EL23DEABRILDE2003YEL26DEENERODE2005,NOVIOLALA
GARANTÍADEIGUALDAD.
ElDecreto mencionado, reformado mediante los diversos
Decretos denominados “Decreto por el que se exime del
pagodecontribucionesfederales,secondonanrecargosde
créditosfiscales y se otorgan estímulos fiscales y facilida-
desadministrativas, alos contribuyentesque seindican” y
“Decretoporelqueseotorgandiversosbeneficiosfiscales”,
publicadosenelDiarioOficialdelaFederaciónel23deabril
de2003yel26deenerode 2005,respectivamente,alotor-
garestímulos fiscalesalas entidadesfederativasy munici-
pios,durantelosejerciciosfiscalesde2003a2006,respecto
delosingresosquecorresponde recibiralaFederaciónpor
lospagosquedichos entesdebíanenterarporconceptode
laretenciónde impuestosobre larentaa cargodesus tra-
bajadoresentér minosdelCapítuloI delTítuloIVde laLey
delimpuestorelativo,noviola lagarantíadeigualdad,pues
ademásdequelamedidaenunciadanoafectaderechosde
losgobernados, ladistinciónque estableceentre particula-
resyentespúblicos,ensucarácterderetenedoresdedicho
impuesto,descansa enuna baseobjetivay razonable.Ello
esasí,porquelosreferidosestímulosseotorgaronpara for-
talecerlas haciendasde lasentidades federativasyde los
municipios,locualesacordeconelartículo115,fracciónIV,
de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexica-
nosyconlaLeydeCoordinaciónFiscal,puesunporcentaje
delospagosala Federaciónporelimpuestosobrelarenta
retenido,enlugarde enterárselo,lodestinaríana supropia
hacienda;otroporcentaje loincluirían enel FondoGeneral
deParticipaciones–losestados–oenelFondodeFomento
Municipal–losmunicipios–;yotroloenterarían alaFedera-
ción.Ysibienesciertoquelospatronesretenedores,como
tales,seencuentranenlamismasituaciónjurídicaylaleyno
distingueentrepar ticularesyentespúblicoscuando actúan
comoauxiliares dela administración pública,reteniendo el
impuestosobre larentaa cargodesus trabajadoresporla
prestacióndeuntrabajopersonalsubordinado,tambiénloes
quealenteraralaFederaciónelimpuestoretenido,dejande
estarenigualdaddecircunstancias,pueslaobligacióndelos
patronesretenedoresparticularesseregula únicamentepor
laLey delImpuestosobre laRenta,mientras quela delos
entespúblicosser ige,además,porlaLeyde Coordinación
Fiscal,su reglamento,convenios entrela Federacióny los
estadoso losmunicipios,etcétera, porquetodos elloscon-
formanlaadministraciónpúblicayparticipandelascontribu-
cionesrecaudadas,segúnladistribución,forma yrequisitos
queprevéndichosordenamientoslegaleso convenios,esto
es,al administrar los ingresos destinados al gasto público
participandelos atributospropiosdelpoder público,locual
constituyeunadiferenciafundamentalentrelosretenedores
particulares ylos entespúblicos beneficiarios delestímulo
fiscal aludido, por lo que se justifica el tratodiferenciado;
máximesi setoma encuenta quese tratade unaredistri-
buciónde losingresos destinadosal gastopúblico,en sus
diferentesniveles(federal,estatalymunicipal),enlacualno
podíanparticipar lospatronesretenedores particulares,por
nocorresponderleslegalmente.
LICENCIADOHERIBERTOPÉREZ REYES,SECRETARIO
DEACUERDOSDELAPRIMERASALADELASUPREMA
CORTEDE JUSTICIADELA NACIÓN,C ERT IFI CA:
Queelrubroytextodelaanteriortesisjurisprudencialfueron
aprobadosporla PrimeraSaladeeste AltoTribunal,ense-
sióndecincode diciembrededosmilsiete.México,Distrito
Federal,seisdediciembrededosmilsiete.
Localización
TESISJURISPRUDENCIAL1/2008
EMBARGODECRÉDITOS.ELARTÍCULO160, DELCÓDIGO
FISCALDELAFEDERACIÓNQUELOPREVÉ,NOVIOLALAS
GARANTÍASDEAUDIENCIAYSEGURIDADJURÍDICA
Dedicho precepto legalse desprende queel embargo de
créditos,decretado por la autor idad fiscal, debe ser notifi-
cadoal deudordelembargado paraqueel pagodedichos
créditosserealiceen laoficinaejecutora.Dichadisposición
nodeviene violatoriade las referidasgarantías,porque en
ningúnmomento seestablece queel pagodel créditoem-
bargado,deba hacersedeforma inmediata,ni enun plazo
decincodías.Tampocoseñalaquelaautoridadfiscalpueda
desconocerlos términosy condicionesen lasqueoriginal-
mentese pactóel crédito.En todocaso, debetomarse en
cuentaque elcontenidointrínseco delreferidoprecepto le-
galyel contextonormativoenel queseubica, conducena
establecerqueunaeslarelaciónjurídicotributaraquesurge
entreelcontribuyenteembargadoylaautoridadhacendaria,
relaciónregida totalmente porlas disposiciones fiscales,y
otraeslarelación queseestableceentreel particular,deu-
dordelcontribuyenteembargado,ylaautoridadhacendaria,
relaciónquenoestádeltodoreguladaporlasdisposiciones
fiscales.En consecuencia si lo que regula el referido pre-
ceptolegal es unasustitución de acreedor,que operapor
ministeriode ley,latransmisiónde obligacionesconllevala
posibilidadjurídicadeejercerlasaccionescorrespondientes
parahacerefectivoelcrédito,asícomolasexcepcionesque,
ensucaso,tengayopongaeldeudordelcontribuyenteem-
bargado,enlo quese refierealos términos,condicionesy
modalidadesinherentesalreferidocrédito.
LICENCIADOHERIBERTOPÉREZ REYES,SECRETARIO
DEACUERDOSDELAPRIMERASALADELASUPREMA
CORTEDE JUSTICIADELA NACIÓN,C ERT IFI CA:
Queelrubroytextodela anteriortesisaisladafueronapro-
badosporlaPrimeraSaladeesteAltoTribunal,ensesiónde
cincodediciembrededosmilsiete.México,DistritoFederal,
seisdediciembrededosmilsiete.
Localización
TESISAISLADAI/2008.
JUICIO DELESIVI DAD.EL ARTÍCULO 207,PÁRRAFOTE R-
CERO,DELCÓDIGOFISCALDELAFED ERACIÓNVIGENTE
HASTAEL31DEDICIEMBREDE2005,QUEESTABLECEUN
PLAZO DE CINCO AÑO S PARASU PROMOCI ÓNTRATÁN-
DOSEDEACTOSQUESURTENEFEC TOSINMEDIATAMEN-
TE,NOVIOLAELPRIN CIPIODESEGURIDADJURÍDIC A.
Dela exposicióndemotivos delaley queinstaurael juicio
delesividad, seadvierte quefundamentalmentedos consi-
deracionesmotivaronsu creación:queen materiaadminis-
trativanopuede prevalecerelerror sobreelinterés público
y que las autoridades administrativas no pueden revocar
unilateralmentesuspropias determinaciones,cuandoéstas
sonfavorables a un particular.En relación con la primera,
cabemencionarque ladefensaadecuadadelerario consti-
tuyeunacuestióndeinteréscolectivo,puesatravésdeéste
elEstado garantiza elsostenimiento de lasinstituciones y
delos servicios públicos,porlo que sudisminución, como
consecuenciadeunerroradministrativo,afectadirectamente
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba