Tesis Aislada, (Tesis num. 249 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro913857
MateriaCivil

INSPECCIÓN JUDICIAL. SI ARROJA RESULTADOS IMPRECISOS, DEBE NEGÁRSELE VALOR PROBATORIO.-

La inspección judicial es una prueba reconocida por la ley, pero ello no implica que forzosa o necesariamente deba otorgársele eficacia probatoria plena, sino debe analizarse con la mayor acuciosidad ya que por un error involuntario, por una incorrecta apreciación, incluso por mala fe de quienes la practicaron o de los terceros participantes en su realización pueden obtenerse conclusiones en mayor o menor medida alejadas de la realidad. Así pues, no basta con que se hagan constar determinados hechos, sino es menester una relación pormenorizada y diáfana en que la autoridad judicial encargada de desahogar esta probanza dé fundada razón de su dicho con el propósito de reflejar con estricto apego a la verdad aquello respecto de lo que se da fe, evitando la posibilidad de enfoque o interpretaciones distintas sobre un solo hecho, pues no debe perderse de...

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