Tesis Aislada, (Tesis num. 2900 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro903573
MateriaConstitucional

El decreto mencionado permite a los poseedores de vehículos extranjeros de transporte hasta de diez pasajeros y de carga con capacidad hasta de 3,100 kilogramos la regularización de su situación fiscal, con excepción de aquellos vehículos que especifica su artículo tercero, como son, entre otros, los del año modelo 1985 y posteriores; estableciendo, asimismo, en su artículo segundo transitorio, que durante la vigencia del decreto no se secuestrarían los vehículos susceptibles de ser regularizados y que los poseedores de vehículos que no pudieran ser objeto de regularización, contarían con un plazo que vencería el 22 de enero de 1992, para sacarlos del país o donarlos al fisco federal, en cuyo caso, el interesado quedaría liberado de la responsabilidad relacionada con el pago de las contribuciones y la ausencia del permiso de importación. De lo anterior deriva que el decreto en cuestión puede ser reclamado en juicio de amparo con motivo de su sola...

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