Tesis Aislada, (Tesis num. 2899 de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro903572
MateriaConstitucional

El decreto mencionado que permite a los poseedores de vehículos extranjeros de transporte hasta de diez pasajeros y de carga con capacidad hasta de 3,100 kilogramos la regularización de su situación fiscal, con excepción de aquellos vehículos que especifica su artículo tercero, entre ellos, los de modelo 1985 y posteriores, no puede considerarse violatorio de la garantía de irretroactividad por el hecho de que el diverso decreto mediante el cual se otorgaron facilidades administrativas a los propietarios de vehículos extranjeros que circulaban en el país, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 1991, haya autorizado la regularización de algunos de los vehículos hasta el modelo 1987 inclusive, pues en ninguno de sus artículos se limitan en forma alguna los derechos de regularización que se hubieren obtenido con motivo del decreto citado en último término. Es decir, se trata de un decreto totalmente independiente del anterior que en nada limita o restringe los derechos a...

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