Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro808729
MateriaCivil

El artículo 2368 del Código Civil del Estado de Sonora no debe ser interpretado a contrario sensu como lo hizo el tribunal cuando sostuvo: que por no tratarse de una sentencia de condena no se está en el caso de la fracción II de dicho precepto y por tanto no se reunió el requisito de sentencia condenatoria contra el enajenante. El artículo 2368 se limita a establecer presunciones legales de simulación, pero no cierra la puerta a las demás pruebas ni a las presunciones humanas. La simulación puede demostrarse con el conjunto de pruebas, doctas o indirectas que se rindan, y con los indicios y presunciones, legales o humanas que se obtengan. Los artículo 2366 y 2367 del Código Civil así lo determinan al decir que para probar la simulación se admiten todos los medios de prueba que el derecho establece. En esta situación, para decir sobre la procedencia de la acción ejercitada debe estudiarse, no sólo el punto...

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