Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro807436
MateriaCivil

El contrato de censo consignativo se perfecciona por el solo consentimiento de las partes, expresado con la formalidad que la ley exige (artículos 1279 y 3082 del Código Civil del Estado de Guanajuato). Bien es verdad que el artículo 3193 del mismo código, en concordancia con el 3194, previene la inscripción del censo consignativo en el Registro Público; pero la omisión del registro sólo impide que el contrato produzca efecto contra terceros. La inscripción, según la frase consagrada por la doctrina en este caso "no crea el derecho", no mira a la constitución del vínculo, ni persigue más fin que la publicidad del contrato para que "obligue a todos" y produzca efectos contra tercero. Entre las partes, el censo consignativo, con todas las...

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