Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro803146
MateriaCivil,Derecho Civil

No son necesarios para su ejercicio, ni la prueba de haberse presentado el título al deudor, para su pago, precisamente el día del vencimiento, ni tampoco haber dejado transcurrir el plazo del protesto, puesto que este tampoco es necesario tratándose de la cambiaria directa. La presentación de un pagaré para su pago en la fecha de su vencimiento, es sólo una necesidad impuesta por la incorporación propia de los títulos de crédito, que reconocen los artículos 17, 126, 127 y 129 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y que se traduce en la obligación de exhibir y devolver el título de crédito al obtener su pago; pero ello no quiere decir que para el ejercicio de la acción cambiaria directa, sea una condición necesaria procesalmente, que el título haya sido presentado para su pago precisamente el día de su vencimiento y que deba presentarse una constancia de ello, ya que tratándose de la acción cambiaria directa, el tenedor de un título de crédito no está obligado a levantar...

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