Tesis Aislada, , 1 de Febrero de 1991 (Tesis num. 3a. VI/91 de Tercera Sala, 01-02-1991 (Tesis Aisladas))

Número de resolución3a. VI/91
Fecha de publicación01 Febrero 1991
Fecha01 Febrero 1991
Número de registro207056
Localizador8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; VII, Febrero de 1991; Pág. 55
MateriaCivil

El Tribunal Pleno de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sustentado la tesis publicada en la página 707, del Informe de 1986, que dice: "PODERES OTORGADOS POR UNA SOCIEDAD. REQUISITOS.-La sola afirmación del notario público en el sentido de que una persona está facultada para otorgar poderes de una sociedad, es insuficiente para acreditar dicho supuesto, ya que para ellos es necesaria la transcripción relativa, a fin de que el Juez de la causa pueda resolver sobre tales aspectos y determinar si los poderes fueron otorgados por quien está legalmente facultado para ello, pues si bien es cierto que el notario público tiene fe pública, su función no puede abarcar la de reconocer, para todos los efectos legales, la personalidad de quien se ostenta como representante de otra persona, máxime si...

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