Tesis Aislada, , 1 de Mayo de 1992 (Tesis num. 3a. XXXIX/92 de Tercera Sala, 01-05-1992 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 3a. XXXIX/92 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 1992 |
Fecha | 01 Mayo 1992 |
Número de registro | 206823 |
Localizador | 8a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; IX, Mayo de 1992; Pág. 101 |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
Cuando del análisis de las constancias de autos de un juicio de amparo directo cuya atracción se pretende, se advierte que el Presidente del Tribunal Colegiado de Circuito correspondiente, dictó acuerdo de turno designando a un magistrado como ponente, auto que tiene carácter de citación de sentencia, en los términos del artículo 184 de la Ley de Amparo; que posteriormente se elaboró un proyecto de resolución y que, además, en el mismo tribunal se dio cuenta con el asunto en dos sesiones habiendo sido retirado, debe concluirse que no es conveniente que la Suprema Corte de Justicia de la Nación intervenga y ejercite la facultad de atracción, porque las características singulares que pueden propiciar su ejercicio, no pueden depender de situaciones temporales, ni contingentes sino que...
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...ejercicio, no pueden depender de situaciones temporales, ni contingentes sino que deben derivar de la naturaleza misma del asunto." Tesis 3a. XXXIX/92. "ATRACCIÓN, FACULTAD DE. DEBE EJERCERLA LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE RESPECTO DE REGLAMENTOS EMITIDOS POR LA ASAMBLEA DE REPRESENTAN......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
...ejercicio, no pueden depender de situaciones temporales ni contingentes, sino que deben derivar de la naturaleza misma del asunto." Tesis 3a. XXXIX/92. "ATRACCIÓN, FACULTAD DE. DEBE EJERCERLA LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE RESPECTO DE REGLAMENTOS EMITIDOS POR LA ASAMBLEA DE REPRESENTAN......