Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro239423
MateriaComún

Cuando los actos que se reclaman, por su propia naturaleza, ameritan ejecución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36, párrafo primero y 52, párrafo sexto, de la Ley de Amparo, en relación con el 73, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, procede declarar legalmente competente para seguir conociendo del juicio de garantías al Juez de Distrito que tenga jurisdicción territorial en el lugar en que tratan de ejecutarse no obstante que la autoridad responsable ejecutora, al rendir su informe con justificación, los haya negado, si hay pruebas que demuestran la existencia del auto de exequendo que se les dirigió puesto que esa negativa sólo probaría que aún no se recibía el exhorto girado por la responsable ordenadora para diligenciar el referido auto.

Competencia civil 198/84. Suscitada entre los Jueces Sexto de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal y Segundo de Distrito en el Estado de Morelos. 5 de noviembre de 1987. Unanimidad de cinco votos. Ponente: E.D.I.. Secretaria: Alma L.T..


Competencia civil 59/85. Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Morelos y el Juez Tercero de Distrito en Materia...

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