Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro241226
MateriaCivil,Derecho Civil

En el Código Civil del Estado de Zacatecas, la privación de la patria potestad no se establece como sanción para quien resulta cónyuge culpable en el juicio de divorcio, ya que a diferencia de la generalidad de los Códigos Civiles de la República Mexicana, que coinciden en privar al cónyuge culpable de la patria potestad y concederla al inocente, el referido cuerpo de leyes adopta un sistema especial en ese aspecto, al ordenar que en los casos de divorcio necesario, el Juez determinará previa audiencia del Ministerio Público, de los cónyuges, tíos o hermanos mayores, los derechos y obligaciones derivados de la patria potestad que conservará cada uno de los cónyuges respecto de la persona y bienes de sus hijos, teniendo en cuenta el interés particular de los menores y la conservación de su patrimonio; es decir, que independientemente de la culpa de los cónyuges, en el divorcio puede darse el caso de que el Juez prive legalmente de la patria potestad al cónyuge inocente, siempre y cuando para ello se haya sujetado al contenido del primer párrafo del artículo 372 del Código Civil para el Estado de Zacatecas, que literalmente dice: "372. En la sentencia que decrete el divorcio, el Juez...

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