Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro241465
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Procesal

Los artículos 88 y 158 de los Códigos de Procedimientos Civiles de los Estados de M. y de G., en sus fracciones XI y XII, respectivamente, prescriben que es Juez competente en los juicios de divorcio, el tribunal del domicilio conyugal, y en caso de abandono de hogar, el del domicilio del cónyuge abandonado. Si en un juicio de divorcio no puede presumirse cuál es el cónyuge abandonado, debe manifestarse que los artículos referidos en sus fracciones V y IV, respectivamente, coinciden en estatuir que es Juez competente el del domicilio del demandado, si se trata de acciones del estado civil, y por lo tanto no pudiendo presumirse en un caso cuál de los cónyuges es el abandonado, debe decidirse el conflicto competencial tomando en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR