Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro241480
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal

Si la demanda de amparo fue presentada después de haberse ejecutado los actos reclamados, debe estimarse que es competente para conocer de ella el Juez de Distrito en cuya jurisdicción resida la autoridad que dictó la resolución reclamada, pues en tales casos debe aplicarse por analogía de razón, el párrafo tercero del artículo 36, de la ley reglamentaria del juicio de garantías, que establece que es competente el Juez de Distrito en cuya jurisdicción resida la autoridad que hubiese dictado la resolución reclamada, cuando ésta no requiera ejecución material.

Competencia civil 87/74. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de México y del Estado de H.. 6 de marzo de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: E.M.U.. Secretario: G.L.O..


Séptima Epoca, Cuarta Parte:


Volumen 27, página 41. Competencia 100/70. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito en el Distrito Federal en Materia Civil y el de Distrito en...

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