Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro242451
MateriaCivil

Según el artículo 261 del Código Civil para el Estado de Tamaulipas, el vínculo de un matrimonio anterior existente al tiempo de contraerse el segundo, anula éste; la acción para obtener la declaración de la nulidad respectiva, procede enderezarla contra el cónyuge supérstite del segundo matrimonio, pues la circunstancia de que dicho cónyuge no haya sabido de la existencia del primero, no lo libera de la sanción de nulidad de su matrimonio que establece el artículo 261 del Código Civil, por existir otro celebrado por su cónyuge con anterioridad al suyo, ya que el citado precepto legal determina esa propia nulidad, aunque cualesquiera de los cónyuges o los dos, del segundo matrimonio, lo hubieran contraído...

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