Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro270020
MateriaCivil,Derecho Civil

La exigencia de que el testamento cerrado sea rubricado por el testador, en cada una de las hojas en que se contenga, consignada en el artículo 1522 del Código Civil, constituye una garantía para que, cuando esté escrito por un tercero distinto del testador, a su ruego, o en máquina, por ejemplo, no exista la posibilidad de que se sustituyan hojas; pero cuando el testamento es de puño y letra del testador, indudablemente que no hay esa posibilidad, pues resulta mucho más difícil falsificar una hoja manuscrita, que una simple rúbrica y, por lo tanto, en esos casos de testamento autógrafo, la garantía establecida por la ley se satisface en forma más amplia y sería absurdo exigir además, el requisito...

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