Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro271097
MateriaCivil

La posesión del inmueble por parte del demandado, debe tenerse por comprobada para los efectos de la procedencia de la acción publiciana que establece el artículo 9 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito y Territorios Federales, no obstante que el demandado haya dicho al contestar la demanda, que el inmueble salió de su propiedad, si no probó cuándo y a quien lo enajenó ni negó expresamente tener la posesión del predio y no dijo quien es el actual poseedor, ya que si manifestó que dicho predio salió de su patrimonio, esto es como tratando de eludir los efectos de la acción intentada.

Amparo directo 2777/58. N.G.A.. 9 febrero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo directo 2775/58. N.G.A.. 9 de febrero de...

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