Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro271236
MateriaCivil,Derecho Civil

Atendiendo a la finalidad perseguida con la notificación a que se refieren las diligencias de jurisdicción voluntaria, que no es otra que la de establecer de manera indubitable, conforme a lo dispuesto por el artículo 2372 del Código Civil, que una de las partes en el contrato de arrendamiento comunicó a la otra, su voluntad de darlo por concluido y a la forma elegida, de mera intervención de un Juez para dar dicho aviso indubitable, pero sin que tuviera que resolver cuestión alguna, entre partes determinadas, es claro, que no había por qué considerar su competencia, determinándola por razón de la cuantía de un negocio, estimado según lo demandara el actor con base en un contrato de arrendamiento, en aplicación de lo que dispone el artículo 157 del Código de Procedimientos Civiles. Así también, por no tratarse en las diligencias de jurisdicción voluntaria promovidas, sino de dar un aviso, al través de una notificación judicial indubitable, no se requería que el mandato se otorgara en escritura pública, ni tenía en el caso...

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