Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro359580
MateriaCivil

Es cierto que el artículo 754 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito, supletorio del de comercio, previene que si no hubiere en el lugar en que se encuentren situados los bienes, periódico oficial o publicación de otra clase, en la cual puedan insertarse los edictos, éstos se fijarán en la puerta del juzgado; pero dicha disposición no debe entenderse en el sentido de que cada uno de los juzgados del lugar en que se encuentren ubicados los inmuebles sujetos a la almoneda, deben colocarse tres edictos, si no en el sentido de que cada uno de dichos juzgados, se fije un edicto, pues resultaría ilógico que la ley persiguiera otra finalidad al ordenar...

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