Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro360192
MateriaCivil

De acuerdo con el artículo 1095, fracción III, del Código Civil del Estado de Chiapas, los honorarios profesionales prescriben en el término de tres años, de modo que la acción correspondiente ya no puede intentarse después del tiempo indicado; pero cuando el derecho ya fue declarado por sentencia definitiva, no puede hablarse de prescripción de acción, cuando la que se ejercita no es más que el medio para obtener la condena establecida en la sentencia, pues la prescripción ya no se rige por el artículo citado, sino por los 756 y 766 del propio ordenamiento, que dan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR