Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro360628
MateriaCivil,Derecho Civil

Si se endereza una queja por exceso de ejecución, en contra de una autoridad responsable, y ésta se concreta a ordenar el desembargo de unos bienes distintos del que se encontraba hipotecado, habiendo sido aquellos bienes secuestrados, por considerar dicha autoridad, que el deudor respondía con todo su patrimonio, siendo que, aunque se le promovió juicio ejecutivo, lo único que podía perder era el inmueble que reportaba el gravamen que le impusieron los antecesores de dicho deudor, resulta infundada la expresada queja; pues aun cuando en la ejecutoria de amparo se establezca que la ejecución fue malamente despachada, porque esto se hizo como si el deudor hubiese estado personalmente obligado, si enseguida también se dijo: "por cuanto que se ejecutó el secuestro en bienes distintos de los hipotecados", este concepto limitativo fija los alcances de la concesión del amparo, que no pudo llegar hasta el punto de que se absolviera al demandado, como si la acción hubiese sido declarada improcedente en toda su integridad, es decir, como si hubiese equivocado la vía intentada; lejos de eso, en los juicios ejecutivos...

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