Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro365402
MateriaCivil,Derecho Civil

Las disposiciones especiales para el juicio de desocupación, que fija el Código de Procedimientos Civiles de Distrito, fueron dictadas en beneficio de los propietarios, pero el alcance que se les ha dado en la práctica, es mucho mayor del que trató de darles el legislador mismo, convirtiendo así el juicio de desocupación, en arma terrible contra los inquilinos, a quienes, en muchos casos, se les deja sin defensa. El juicio de desocupación es uno, dividido en dos periodos, y no se trata, como se ha entendido, de dos procedimientos distintos, quedando el segundo periodo a la voluntad del actor, pues entonces serían nugatorios los derechos del demandado, que estaría al arbitrio de su contraparte, quién, a su antojo, promovería o no, el segundo período, burlando los derechos del demandado. En el juicio de desocupación la demanda es previa, y a ella sirve de base un documento auténtico, el contrato de arrendamiento, que constituye una prueba preconstituida. El requerimiento que se hace al demandado, es para que acredite estar al corriente en el pago de la renta, apercibiéndolo de lanzamiento si no lo verifica; pero la demanda de desocupación debe servir de base a ese primer periodo del juicio, independientemente de la acción relativa al pago de las rentas, que puede promoverse simultáneamente con aquélla, o separadamente, ya que el pago de las rentas es un derecho al cual puede renunciar el actor, o ejercitarlo cuando le convenga, no debiendo, por lo mismo, confundirse el juicio de desocupación con el pago de prestaciones en dinero, que es distinto. La ley ordena que si el demandado, en el término señalado para el requerimiento, justifica las excepciones que haya opuesto, se condenará al actor, y como las excepciones se oponen al contestar una demanda, es incuestionable la necesidad de que exista ésta, para que las excepciones puedan...

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