Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro339104
MateriaCivil,Derecho Civil

El texto del artículo 2159 del Código Civil del Estado de Veracruz, no deja lugar a dudas acerca de que los efectos de la nulidad pronunciada judicialmente son retroactivos y obran extunc. Lo que quiere decir, y como a mayor abundamiento lo dispone el mismo código -artículo 2172- que la anulación del acto obliga a las partes a restituirse mutuamente lo que han recibido o percibido en virtud o por consecuencia del acto anulado, y que -artículo 2174- mientras que uno de los contratantes no cumpla con la devolución de aquello que en virtud de la declaración de nulidad del contrato está obligado, no puede ser compelido el otro a que cumpla por su parte. Por donde forzosamente se llega a la conclusión de que en virtud de tales...

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