Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro339675
MateriaCivil

Es terminante la disposición del artículo 592 del Código de Comercio, que establece que la responsabilidad del porteador por pérdidas, desfalcos o averías, se extingue por el recibo de las mercancías sin reclamación. Si consta en el mismo título del contrato entre cargador y porteador el recibo de las mercancías, la responsabilidad de la empresa porteadora debe tenerse por extinguida, aun cuando el consignatario sostenga, en determinado caso, que la reclamación a que se refiere el artículo citado sí se formuló y pretenda demostrarlo mediante las actas levantadas por el Ministerio Público para dar fe del estado de las mercancías...

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