Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro339684
MateriaCivil,Derecho Civil

Los beneficios llamados de orden y excusión, que imponen al acreedor exigir del deudor directo el cumplimiento de la obligación en primer lugar, consisten en aplicar todo el valor libre de los bienes de éste, en cuanto basten al pago de la obligación, que quedará extinguida o reducida a la parte que no sea cubierta. Todos los autores sostienen que el beneficio de excusión no significa precisamente que el acreedor deba agotar los bienes del deudor antes de dirigirse contra el fiador, porque sería opuesto a la naturaleza del contrato, que sólo exige del deudor principal satisfacerla. La excusión sólo tiene por objeto acreditar que el deudor no puede cumplir ni cumplirá la obligación. En otros términos, es un beneficio y no una excepción que impida el ejercicio de la acción del acreedor. Para que la excusión aproveche al fiador, son indispensables los requisitos siguientes: I. Que el fiador invoque el beneficio, luego que se le requiera de pago; II. Que designe bienes del deudor que basten para cubrir el crédito y que se...

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