Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro340086
MateriaCivil

Una cosa perteneciente a varios propietarios se halla indivisa cuando el derecho de cada uno recae sobre la totalidad y no sobre una porción determinada de la cosa común. La parte de cada uno no es, por tanto, una parte material, sino una parte alícuota que se expresa mediante una cifra: un tercio, un cuarto, etc. El derecho de propiedad está dividido entre ellos, y el de cada propietario recae sobre todas y cada una de las moléculas de la cosa. Por esta razón, el comunero puede deducir las acciones relativas a la cosa común, según expresamente lo dispone el artículo 28 del Código de Procedimientos Civiles. Por tanto, si el actor en un juicio reivindicatorio acreditó que es copropietario, debe tenerse por demostrado el primer elemento de la acción reivindicatoria o sea la propiedad, y si el juzgador no lo hizo así, debe concederse el amparo que se pida contra la sentencia relativa, para el efecto de que la...

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