Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro346621
MateriaCivil

Conforme al artículo 1529 del código civil del estado de puebla, declarada la nulidad del contrato, cada uno de los contratantes recobrara la cosa que hubiere prestado con sus frutos, o el valor de estos, o el que tenia aquella cuando se perdió, con los intereses, si no fuere posible la restitución en especie. ahora bien, la aplicación de este precepto es consecuencia legal del procedimiento que declara la nulidad, y por lo mismo, no puede considerarse que sea materia de excepción que deba ser opuesta por el demandado, menos aún, si este se...

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