Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro347759
MateriaCivil,Derecho Civil

La prohibición contenida en el artículo 589 del Código de Procedimientos Civiles aplicable, para que se admita alguna discusión sobre el derecho de percibir alimentos, no se refiere al derecho mismo o al título en cuya virtud se pidan tales alimentos, sino a las objeciones que el contrario pudiera hacer al derecho que se alega y que debe ser el calificado por el Juez, para los efectos de los alimentos provisionales.

Amparo penal en revisión 9042/45. M.G.G.. 22 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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