Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro348272
MateriaCivil

No basta para la procedencia de la acción de petición de herencia, que la demandante afirme que era hermana de la actora de la sucesión, y la justificación de que ambas tuvieron la posesión de estado de hijas, respecto de la misma madre, sino que se precisa la prueba del parentesco o vínculo de consanguinidad que ligara a las hermanas entre sí, para lo cual es necesaria la comprobación de que descienden de la misma persona. De acuerdo con el artículo 360 del Código Civil del Distrito Federal, cuando se trate de comprobar la filiación de los hijos naturales, con relación a la madre, debe justificarse el hecho mismo del nacimiento, del que se deriva el parentesco entre hermanas; y si bien es cierto que la ley acepta que a falta de actas del Registro Civil, se pruebe la filiación de los hijos nacidos de matrimonio, con la posesión constante de estado de hijo legítimo, y admite la prueba...

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