Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro349913
MateriaCivil

Conforme al Código Civil del Estado de Veracruz, el mandato judicial reviste dos formas: la de mandato general que contenga cláusula para pleitos y cobranzas, y la de mandato judicial propiamente dicho; y basta con que en cualquiera de los dos casos, se reúnan los requisitos de forma establecidos, para que se satisfaga la exigencia de la ley. Por tanto, el mandato general otorgado ante dos testigos, cuyas firmas, en unión de la del otorgante, fueron ratificadas en la presencia notarial, es suficiente para que lo ejerza en juicio el apoderado, en defensa de los intereses del mandante, y no puede desconocérsele su personería, aduciéndose el argumento de que de acuerdo con el artículo 2519 del código citado dicho poder es ineficaz para asuntos judiciales, por no haber sido ratificado ante el Juez de los autos. La exigencia de que...

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