Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro355850
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 250 del Código Civil del Estado de Yucatán, previene que son nulos los actos de administración ejecutados y todos los contratos celebrados por los menores de edad y por los demás sujetos a interdicción, antes del nombramiento del tutor, aunque sea interino, si la menor edad o la causa de interdicción eran patentes y notorias en la época en que se ejecutó el acto de administración o en que fue celebrado el contrato, y es evidente que la prueba testimonial es suficiente para acreditar la incapacidad del contratante, consiste en que unos meses antes de designar apoderado, fue víctima de un ataque hemorrágico en el cerebro, que le produjo una hemiplejia y afasia, como resultado de lo cual, quedó perturbado en sus facultades mentales, pues aun cuando la incapacidad de una persona...

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