Tesis Aislada, (Tesis de Tercera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro356613
MateriaCivil,Derecho Civil

El artículo 1522 del código procesal civil del Estado de Chihuahua, establece que el deudor de buena fe tiene derecho a alimentos, en los casos fijados en los artículos 1092 a 1094 del propio ordenamiento, siempre que el valor de los bienes exceda del importe de los créditos; y el artículo 1523 dispone que si en el curso del juicio se hace constar que los bienes son inferiores a los créditos, cesarán los alimentos, pero el deudor no devolverá los que hubiere percibido, lo que significa que el derecho a alimentos sólo existe cuando se reúnen los extremos a que se refieren los artículos 1092 y 1094, y el que previene el 1522, o sean cuando el valor de los bienes excede del importe de los créditos; de tal manera que pueden concurrir los extremos fijados por los artículos 1092 y 1094, es decir, que el deudor esté físicamente impedido para trabajar, no teniendo, sin embargo, derecho a alimentos, si el valor de los bienes no excede del importe de los créditos, además, el artículo 1523 dispone que cesarán los...

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