Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Enero de 2010 (Tesis num. 2a./J. 237/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-01-2010 (Reiteración))

Número de registro165450
Número de resolución2a./J. 237/2009
Fecha de publicación01 Enero 2010
Fecha01 Enero 2010
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXXI, Enero de 2010; Pág. 309
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaConstitucional,Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Financiero,Derecho Constitucional

A las matrices de características contenidas en dicho precepto les corresponde una asignación de puntos que atiende a diversos elementos de la construcción, la cual consta en la matriz de puntos que corresponde al inmueble de que se trate, siendo que dicho puntaje es una simple representación numérica de su valor económico estimado, y la adición de los puntos que corresponden en cada columna sometida, a su vez, a la tabla de puntos, permite establecer la "clase" de inmueble para obtener su valor por metro cuadrado conforme a la tabla de valores unitarios de construcción. Ahora bien, cada columna de la matriz de características contiene una serie de elementos de la construcción distintos de los previstos en las demás columnas, por lo que para analizar la violación al principio de equidad tributaria consagrado en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no debe asimilarse el puntaje asignado en cada una de ellas, como sería, por ejemplo, comparar un muro de estructura con uno de acabados, o un acabado de ventanería con una fachada, pues con independencia de la evidente diferencia existente entre los elementos de la construcción, será el resultado de la acumulación de puntos y no su cuantificación aislada lo que arrojará en último término el valor por metro cuadrado de la construcción.

PRECEDENTES:

Amparo en revisión 1061/2008. Inmobiliaria Scotia Inverlat, S.A. de C.V. y otra. 4 de noviembre de 2009. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: M.C.T.S.R., G.R.P., I.F.R. y F.T.O..

Amparo en revisión 69/2009. Inmuebles Banamex, S.A. de C.V. 4 de noviembre de 2009. Cinco votos. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretarios: M.C.T.S.R., G.R.P., I.F.R. y F.T.O..

Amparo en revisión 70/2009. Club de Golf Cañada de Santa Fe, S.A. de C.V. 4 de noviembre de 2009. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretarios: M.C.T.S.R., G.R.P., I.F.R. y F.T.O..

Amparo en revisión 71/2009. Opción V., S.A. de C.V. 4 de noviembre de 2009. Cinco votos. Ponente: M.B.L.R.. Secretarios: M.C.T.S.R., G.R.P., I.F.R. y F.T.O..

Amparo en revisión 78/2009. S., S.C. y otro. 4 de noviembre de 2009. Cinco votos; votó con salvedad M.B.L.R.. Ponente: J.F.F.G.S.. Secretarios: M.C.T.S.R., G.R.P., I.F.R. y F.T.O..

Tesis de jurisprudencia 237/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticinco de noviembre de dos mil nueve.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR