Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 2009 (Tesis num. 2a./J. 48/2009 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2009 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 167176 |
Número de resolución | 2a./J. 48/2009 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2009 |
Fecha | 01 Mayo 2009 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIX, Mayo de 2009; Pág. 262 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa |
En la ley citada, que regula lo atinente al recurso que pueden interponer las autoridades ante el Tribunal Colegiado de Circuito competente contra las resoluciones dictadas por la Sala Superior del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal al resolver el recurso de apelación, no se prevé la figura del apoderado por parte de las autoridades, y esta omisión es lógica y justificada porque la representación de éstas a través de un mandatario designado por el J. de Gobierno del Distrito Federal, con base en los acuerdos delegatorios de la Dirección General de Servicios Legales del Distrito Federal, opera únicamente cuando aquéllas actúan como personas morales de derecho privado, supuesto en el cual se involucran exclusivamente sus intereses patrimoniales; empero, tratándose de actos realizados en ejercicio del poder público que les compete, como es el caso de los que se juzgan en el juicio contencioso administrativo local, en el que se analiza su legalidad o ilegalidad, su defensa deben realizarla aquéllas directamente o bien quienes las suplan en su ausencia, e incluso, por conducto de la unidad administrativa encargada de su defensa jurídica, la cual podría intervenir en los actos procesales en que se permita la participación de autorizados en términos del artículo 35 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal. En esa virtud, se concluye que los apoderados de la autoridad carecen de legitimación para interponer el recurso de revisión previsto en el artículo 88 de la indicada Ley.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 89/2009. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Décimo Tercero y Décimo Quinto, ambos en Materia Administrativa del Primer Circuito. 1o. de abril de 2009. Cinco votos. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: M.A.d.C.T.C..
Tesis de jurisprudencia 48/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del seis de mayo de dos mil nueve.
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-09-2010 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 266/2010 )
...Sala Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XXIX, mayo de 2009 Materia(s): Administrativa Tesis: 2a./J. 48/2009 Página: REVISIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 88 DE LA LEY DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. LOS APODERADOS DE L......
-
Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
..."Jurisprudencia "Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta "Tomo: XXIX, mayo de 2009 "Materia(s): Administrativa "Tesis: 2a./J. 48/2009 "Página: "REVISIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 88 DE LA LEY DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL. LOS APODERADOS DE......
-
Sentencia Nº 0167/2024 del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, 2024
...identidad de razón en el criterio que informan sobre la representación de las autoridades demandadas, las jurisprudencias 2a./J. 88/2000, 2a./J. 48/2009 y 2a./J. 144/2010 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:2 «REVISIÓN EN AMPARO. LA DIRECTIVA DEL CONGRESO DEL EST......
-
Sentencia Nº 0425/2020 del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, 2020
...identidad de razón en el criterio que informan sobre la representación de las autoridades mediante contrato civil, las jurisprudencias 2a./J. 48/2009 y 144/2010 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:3 «REVISIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 88 DE LA LEY DEL TRIBUNAL DE L......