Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 40 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro920710
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal
EmisorSegunda Sala

El cumplimiento sustituto de la sentencia protectora de amparo, previsto en el artículo 105, parte final, de la Ley de Amparo, implica que se emita la resolución definitiva respectiva y que ésta sea cumplida por las autoridades responsables, pues se encuentra protegida de manera idéntica a como lo prevé el artículo 107, fracción XVI, de la Carta Magna en relación con la inejecución de la sentencia, porque el objeto que persigue es que las autoridades responsables acaten de inmediato la resolución incidental que sustituyó la ejecución de la sentencia de amparo. Por tanto, si no lo hacen así la autoridad de amparo deberá remitir los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para los efectos de la aplicación de la fracción y precepto constitucional citados.

Novena Época:


Inejecución de sentencia 15/95.-E.M. Corral.-20 de junio de 1997.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: G.I.O.M.: M.A.G..-Secretario: H.S.C..


Inejecución de sentencia 279/98.-C.M.V.U., albacea de la sucesión testamentaria a bienes de Ángel Veraza Villanueva.-16 de octubre de 1998.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: M.A.G..-Ponente: S.S.A. Anguiano.-Secretaria: A. de León González.


Inconformidad 404/97.-Comité Particular Ejecutivo Agrario del Nuevo Centro de Población denominado I.A., Municipio de H., Veracruz.-23 de octubre de 1998.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: J.D.R.: G.D.G.P.: J.G.L.A..


Inejecución de sentencia 308/99.-Ejido F.M., Municipio de G.Z., Veracruz.-25 de febrero del año 2000.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: J.V.A.A..-Ponente: M.A.G..-Secretaria: L.F.M.G.P..


Inejecución de sentencia 166/96.-F.L.B. de marzo del año 2000.-Cinco votos.-Ponente: J.V.A.A..-Secretario: R.J.S.R..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XII, octubre de 2000, página 310, Segunda Sala, tesis 2a./J. 89/2000; véase la ejecutoria en la página 311 de dicho tomo.

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