Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 61 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro910994
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

La circunstancia de que se hayan publicado en el Diario Oficial de la Federación edictos en que se convocó a una sucesión o a quien legalmente la representara, a efecto de que compareciera ante el Comité Directivo de las Colonias Militares en el juicio administrativo por abandono de parcela, y de que se haya publicado en un periódico la resolución dictada por dicho comité, en el procedimiento seguido, no quiere decir que el quejoso haya consentido los actos que reclama de las responsables, en los términos de la fracción XII del artículo 73 de la Ley de Amparo, ya que si bien dichos edictos notificaciones se dirigieron a la sucesión o a quien "legalmente la represente", no mencionaron ni fueron notificados a su representante legal; y en lo que se refiere a la resolución en la que se declara rescindido el contrato de adjudicación, y nulo el título de propiedad y que "los lotes vuelvan al dominio de la nación", tampoco pueden surtir efectos de notificación su publicación en el Diario Oficial de la Federación, ya que no se trata de un acuerdo de interés general, ni de un decreto y menos aún de una ley. De lo anterior debe concluirse que por no haber sido debidamente notificado el agraviado de la iniciación del procedimiento seguido, ni tampoco de la resolución que en él se pronunció, no puede operar en la especie la causal de improcedencia a que alude la fracción XII del artículo 73 de la Ley de Amparo.

Sexta Época:


Amparo en revisión 9567/60.-F.C.L..-25 de abril de 1968.-Cinco votos.-Ponente: J.I..


Amparo en revisión 9566/66.-R.E.C. de junio de 1968.-Cinco votos.-Ponente: J.R.P.C..


Amparo en revisión 10657/66.-Dolores Rueda vda. de O., suc. de.-24 de julio de 1968.-Cinco votos.-Ponente: P.G.M..


Amparo en revisión 9837/66.-V.P.R.B. de agosto de 1968.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: O.M.G..


Amparo en revisión 5525/67.-J.M.Á.M., suc. de.-5 de septiembre de 1968.-Cinco votos.-Ponente: A.O.R..



Apéndice 1917-1995, Tomo III, Primera Parte, página 73, Segunda Sala, tesis 106.

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