Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 18 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro393974
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaComún
EmisorSegunda Sala

El juicio de amparo contra actos derivados de otros consentidos, sólo es improcedente cuando aquéllos no se impugnan por razón de vicios propios, sino que su inconstitucionalidad se hace depender de la del acto de que derivan.

Quinta Epoca:


Amparo en revisión 9387/41. Compañía Industrial "La Esperanza", S. A. 3 de agosto 1942. Cuatro votos.


Amparo en revisión 8820/42. V.J. y coags. 14 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 7425/43. "B. y Fiche", en liquidación. 9 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 703/44. M.S.R.. 13 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 7295/43. C. de B.G.. 28 de julio de 1944. Cinco votos.


NOTA:

En el Apéndice al Semanario Judicial de la Federación correspondiente al Tomo XCVII, y en los Apéndices 1917-1954, 1917-1965 y 1917-1975 aparece la tesis publicada con el rubro: "ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS".

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