Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 374 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Reiteración))

Número de registro391264
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Corresponde al quejoso la carga de la prueba respecto de su legitimación procesal activa en el juicio que promueva en contra de resoluciones presidenciales dotatorias o ampliatorias de ejidos, cuando se apoya en la hipótesis prevista por el artículo 66 del Código Agrario. En tal caso, está obligado a probar: a) que es poseedor de las tierras en forma pública, pacífica, continua, en nombre propio y a título de dueño, por un lapso no menor de cinco años anteriores a la fecha de la publicación de la solicitud agraria o del acuerdo por virtud del cual se inició, de oficio, el procedimiento; b) que las tierras que posee se encuentran en explotación, y c) que la extensión de su predio no excede del límite fijado para el de la pequeña propiedad. Consiguientemente, procede concluir que con sólo faltar uno de los mencionados requisitos, resultaría ocioso investigar si han quedado, o no satisfechos los demás.

Séptima Epoca:


Amparo en revisión 9073/67. V.R.M.D. y otro. 15 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 4745/68. Primitivo O.M.. 17 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 6357/68. R.L.M.. 24 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos.


Amparo en revisión 6356/68. A.I.A.. 22 de agosto de 1969. Cinco votos.


Amparo en revisión 9966/67. A.R.V.. 22 de abril de 1970. Unanimidad de cuatro votos.


NOTA:

Semanario Judicial de la Federación, vol. 18, Tercera Parte, pág. 164.

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