Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Julio de 1997 (Tesis num. 2a./J. 29/97 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-07-1997 (Reiteración))

Número de registro198222
Número de resolución2a./J. 29/97
Fecha de publicación01 Julio 1997
Fecha01 Julio 1997
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VI, Julio de 1997; Pág. 132
EmisorSegunda Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa

Al tomar en consideración que con motivo del decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de seis de enero de mil novecientos noventa y dos, se reformaron entre otras, las fracciones VII y XV; se derogaron las fracciones XII a XIV y se adicionaron dos párrafos a la fracción XIX, todas del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos transitorios de las Leyes Agraria y Orgánica de los Tribunales Agrarios, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de febrero del mismo año, y que en virtud de dichas reformas compete actualmente al Tribunal Superior Agrario, como autoridad sustituta del titular del Poder Ejecutivo Federal, resolver en definitiva los expedientes agrarios, debe concluirse que si dicho órgano acredita directamente ante la Suprema Corte haber dictado resolución en el expediente relativo, debe declararse sin materia el incidente de inejecución respectivo, por verificarse con tal acto el cumplimiento cabal de la ejecutoria de amparo.

PRECEDENTES:

Incidente de inejecución 124/91. Comité Particular Ejecutivo Agrario del Poblado "Las Delicias", Municipio de Tuxtepec, Oaxaca. 7 de julio de 1995. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretaria: M.A.S.M..

Incidente de inejecución 1/78. Comité Particular Ejecutivo Agrario del Núcleo de Población "San Vicente", Municipio de Coahuahuayana, Estado de Michoacán. 31 de enero de 1996. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretaria: A.E.C..

Incidente de inejecución 93/90. D.B.A. y otros. 10 de mayo de 1996. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretario V.F.M.C..

Incidente de inejecución 178/92. Ejido Plan de la Flor del Municipio de Juchique de F., del Estado de Veracruz. 31 de enero de 1997. Cinco votos. Ponente: J.D.R.. Secretaria: M.A.S.M..

Incidente de inejecución 142/93. J.C.F.. 28 de febrero de 1997. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretaria: A.E.C..

Tesis de jurisprudencia 29/97. Aprobada por la Segunda Sala de este alto tribunal, en sesión privada de veintisiete de junio de mil novecientos noventa y siete, por unanimidad de cinco votos de los Ministros J.D.R., M.A.G., S.S.A.A., G.I.O.M. y presidente G.D.G.P..

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