Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 2000 (Tesis num. 2a./J. 50/2000 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-2000 (Contradicción de Tesis))
Número de registro | 191769 |
Número de resolución | 2a./J. 50/2000 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2000 |
Fecha | 01 Mayo 2000 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XI, Mayo de 2000; Pág. 197 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Contradicción de Tesis |
Materia | Administrativa,Derecho Público y Administrativo |
De conformidad con lo que disponen los artículos 12, 14, 15, 16, 20, 48, 71, 79, 80 y 101 de la Ley Agraria; 30, 34, 37, 38, 40, 52 y 53 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares, el ejidatario, los posesionarios regulares y los irregulares de parcela, son sujetos de derechos agrarios individuales; sin embargo, mientras los dos primeros pueden asistir y participar con voz y voto en las asambleas sobre asignación de tierras, los posesionarios irregulares no tienen oportunidad de intervenir en ellas; en tal virtud, cabe decir que para el ejidatario y los posesionarios regulares, el cómputo del plazo de noventa días para impugnar la resolución de la asamblea sobre asignación de tierras a que se refiere el artículo 61 de la Ley Agraria, inicia a partir del día siguiente de la fecha de la misma, a diferencia de los posesionarios irregulares para quienes el cómputo de dicho plazo, no debe iniciar, necesariamente a partir de esa fecha, sino desde que conocieron o se hicieron sabedores de la resolución, en razón de que por su carácter, no son citados ni tienen obligación de comparecer a la asamblea.
PRECEDENTES:
Contradicción de tesis 133/98. Entre las sustentadas por el Primero y Segundo Tribunales Colegiados del Décimo Sexto Circuito, con residencia en Guanajuato, Guanajuato. 28 de abril del año 2000. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: J.M.Q.M..
Tesis de jurisprudencia 50/2000. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del doce de mayo del año dos mil.
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Sentencia con Número de Expediente 274/2022-2 de Tribunal Agrario - TUA 02 Mexicali, 28/09/2022
...la acción debe ser analizada de manera oficiosa por el juzgador. Tiene aplicación al caso, la jurisprudencia por contradicción de tesis 2a./J. 50/2000, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XI, mayo de dos mil, página 197, bajo el rubro y texto “POSESIONARI......
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Sentencia con Número de Expediente 294/2022-2 de Tribunal Agrario - TUA 02 Mexicali, 19/10/2022
...la acción debe ser analizada de manera oficiosa por el juzgador. Tiene aplicación al caso, la jurisprudencia por contradicción de tesis 2a./J. 50/2000, consultable en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XI, mayo de dos página 197, bajo el rubro y texto siguiente: “POSES......
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Sentencia con Número de Expediente 120/2023 de Tribunal Agrario - TUA 49 Cuautla, 29/05/2023
...figura de los posesionarios, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria que generó la jurisprudencia 2a./J. 50/2000, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Novena Época, Tomo XI, mayo de 2000, página 197, de rubro: "POSESIONARIOS IRREGUL......
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...figura de los posesionarios, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la ejecutoria que generó la jurisprudencia 2a./J. 50/2000, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo mayo de 2000, página 197, de rubro: "POSESIONARIOS IRR......