Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 2006 (Tesis num. 2a./J. 159/2006 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-2006 (Reiteración))
Número de registro | 173834 |
Número de resolución | 2a./J. 159/2006 |
Fecha de publicación | 01 Diciembre 2006 |
Fecha | 01 Diciembre 2006 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIV, Diciembre de 2006; Pág. 193 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Constitucional,Administrativa |
La circunstancia de que el citado artículo establezca que si el precio de enajenación del automóvil es superior a $207,373.49, se reducirá del monto del impuesto determinado conforme a la tarifa prevista en el propio precepto, la cantidad que resulte de aplicar el 7% sobre la diferencia entre el precio de la unidad y la cantidad mencionada, mientras que los automóviles cuyo precio sea inferior al señalado deben tributar conforme a la tarifa indicada, no transgrede el principio de equidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, toda vez que el trato jurídico desigual no obedece a una decisión caprichosa o arbitraria del legislador, sino a la razón justificada de apoyar la enajenación-adquisición de automóviles nuevos de hasta 10 pasajeros, pues ese tipo de vehículos satisface determinadas necesidades de índole social, entre otras, el servicio de transporte público, lo que denota la intención de promover, la adquisición de ese tipo de vehículos y la renovación del parque vehicular, así como incentivar al sector automotriz y a las pequeñas y medianas empresas que utilizan esas unidades para realizar sus actividades.
PRECEDENTES:
Amparo en revisión 1419/2006. V.A., S.A. de C.V. 22 de septiembre de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.D.R.. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: J.A.V..
Amparo en revisión 1398/2006. J.M., S.A. de C.V. 29 de septiembre de 2006. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretaria: B.L.D..
Amparo en revisión 1399/2006. V.N.H., S.A. de C.V. 18 de octubre de 2006. Cinco votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: M.G.P..
Amparo en revisión 1400/2006. D., S.A. de C.V. 18 de octubre de 2006. Cinco votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: Ó.Z.P..
Amparo en revisión 1573/2006. Vehículos Automotores de M., S.A. de C.V. 18 de octubre de 2006. Cinco votos. Ponente: G.D.G.P.. Secretario: J.A.V..
Tesis de jurisprudencia 159/2006. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veintidós de noviembre de dos mil seis.
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Jurisprudencias publicadas en el Semanario Judicial de la Federación de diciembre de 2006
...nuevos de hasta diez pasajeros. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, novena época, tomo XXIV, diciembre de 2006, tesis 2a./J. 159/2006, página 193. Exención del ISAN en vehículos de hasta $190,000, no transgrede el principio de equidad tributaria Automóviles nuevos. El artículo ......